Los instrumentos financieros comunitarios existentes contribuirán cada uno de forma adecuada al logro de los seis objetivos prioritarios siguientes:
 
 
Objetivo nº 1

Fomentar el desarrollo y el ajuste estructural de las regiones menos desarrolladas.
 
 
Objetivo nº 2

Reconvertir las regiones, regiones fronterizas o partes de regiones (incluídas las cuencas de empleo y los núcleos urbanos) gravemente afectadas por el declive industrial.
 
 
Objetivo nº 3

Combatir el paro de larga duración y facilitar la inserción profesional de los jóvenes y de las personas expuestas a la exclusión del mercado laboral.
 
 
Objetivo nº 4

Facilitar la adaptación de los trabajadores y trabajadoras a las mutaciones industriales y a la evolución de los sistemas de producción.
 
 
Objetivo nº 5:

Fomentar el desarrollo rural:

Objetivo nº 5 A, acelerando la adaptación de las estructuras agrarias en el marco de la reforma de la política agrícola común.

Objetivo nº 5 B, facilitando el desarrollo y el ajuste estructural de las zonas rurales.

En el contexto de la revisión de la política común de la pesca, las medidas de adaptación de las estructuras pesqueras corresponden al Objetivo nº 5 A.
 
 
Objetivo nº 6

Fomentar el desarrollo de las regiones con escasa densidad demográfica.
 
 

Definiciones a revisar con la aprobación de los reglamentos de los fondos estructurales al amparo de la agenda 2000.


 
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