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Los
instrumentos financieros comunitarios existentes contribuirán cada
uno de forma adecuada al logro de los seis objetivos prioritarios
siguientes:
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Objetivo
nº 1
Fomentar el desarrollo y el ajuste estructural de las regiones
menos desarrolladas.
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Objetivo
nº 2
Reconvertir las regiones, regiones fronterizas o partes de regiones
(incluídas las cuencas de empleo y los núcleos urbanos) gravemente
afectadas por el declive industrial.
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Objetivo
nº 3
Combatir el paro de larga duración y facilitar la inserción
profesional de los jóvenes y de las personas expuestas a la exclusión
del mercado laboral.
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Objetivo
nº 4
Facilitar la adaptación de los trabajadores y trabajadoras a
las mutaciones industriales y a la evolución de los sistemas de
producción.
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Objetivo
nº 5:
Fomentar el desarrollo rural:
Objetivo nº 5 A, acelerando la adaptación de las estructuras
agrarias en el marco de la reforma de la política agrícola común.
Objetivo nº 5 B, facilitando el desarrollo y el ajuste estructural
de las zonas rurales.
En el contexto de la revisión de la política común de la pesca,
las medidas de adaptación de las estructuras pesqueras corresponden
al Objetivo nº 5 A.
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Objetivo
nº 6
Fomentar el desarrollo de las regiones con escasa densidad demográfica.
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Definiciones a revisar con la aprobación de los reglamentos de
los fondos estructurales al amparo de la agenda 2000.
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