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La
normativa de 1993 define un nuevo período de programación (1994-1999),
en el que el aspecto más novedoso es por un lado la creación del
Instrumento Financiero de Orientación Pesquera (IFOP), y por otro
lado el objetivo 6 (regiones con escasa densidad demográfica), creado
a raíz de la adhesión de Suecia y Finlandia a la Unión Europea.
- Objetivo
1: Desarrollo de las regiones atrasadas
- Objetivo
2: Reconversión de las regiones afectadas por el declive industrial.
- Objetivo
3: Inserción laboral de personas en desempleo.
- Objetivo
4: Adaptación a las mutaciones industriales.
- Objetivo
5a: Fomentar el ajuste de los sectores agrícolas y pesquero.
- Objetivo
5b: Adaptar las estructuras agrícolas y promover el desarrollo
de las zonas rurales.
- Objetivo
6: Regiones con escasa densidad demográfica.
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Cuadro
1.2. Objetivos Comunitarios y Fondos Intervinientes
OBJETIVOS
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FONDOS
INTERVINIENTES
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Objetivo
1
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FEDER,
FSE, FEOGA-O
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Objetivo
2
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FEDER,
FSE
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Objetivo
3
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FSE
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Objetivo
4
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FSE
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Objetivo
5a
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IFOP,
FEOGA-O
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Objetivo
5b
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FEOGA-O,
FEDER, FSE
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Objetivo
6
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FEDER, FSE
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Los
Fondos estructurales actúan conjuntamente y concentran sus esfuerzos
en cuatro objetivos regionales (objetivo 1, objetivo 2, objetivo
5b y objetivo 6) que absorben el 85% de los fondos, y tres objetivos
(objetivo 3, objetivo 4 y objetivo 5a) que abarcan a toda la comunidad
y que absorben el 15% de los recursos.
El 9% de los Fondos estructurales se reserva para las Iniciativas
comunitarias cuyos principales temas abordados son: la cooperación
transnacional e interregional (INTERREG, REGEN) el fomento de la
capacidad innovadora (STRIDE, TELEMATIQUE, PRISMA, SME), el desarrollo
en áreas rurales (LEADER) y pesca ( PESCA), medidas experimentales
para el medio ambiente (ENVIREG) y zonas urbanas (URBAN), adaptaciones
al cambio industrial (ADAPT), reestructuraciones industriales (RESIDER,
RENAVAL, RECHAR, RETEX, KONVER) y reinserción de colectivos específicos
en el mercado laboral (EMPLOYMENT: NOW, HORIZON, YOUTHSTART). El
1% de los recursos financieros totales de los Fondos estructurales
está reservado para asistencia técnica y medidas innovadoras (Artículo
10 del Feder, artículo 6 del FSE y artículo 8 del FEOGA). Este apartado
no es importante por el volumen de financiación a obtener sino por
su valor estratégico y su condición de palanca para la participación
en el resto de otras vías de financiación comunitaria.
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El
Fondo de Cohesión se creó en el Tratado de Maastricht y comenzó
a funcionar en 1993. Su finalidad es ayudar a los Estados menos
prósperos a prepararse para el acceso a la Unión Económica y Monetaria.
Cuatro Estados se benefician de este Fondo: Grecia, Portugal, Irlanda
y España. Se dotaron 14.500 ecus para el período 1994-1999 financiándose
proyectos de infraestructuras de transporte y de medio ambiente.
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El
objetivo final de los Fondos estructurales no es otro que la cohesión
económica y social "reducir las disparidades entre los niveles de
desarrollo de las distintas regiones y el atraso de las menos favorecidas".
El Tratado de la Unión Europea considera la cohesión económica y
social como uno de los pilares básicos de la construcción europea.
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